Por: Beatríz Bruno y Johari Danichenka Llanito Fuentes.
“Muñequita, pst, pst, voltea ¿Qué no me oyes? ¿Quieres de esto? (Hombre tocándose los testículos y pene) “Adiós mamacita” “Gorda, oing, oing” “Quierooo” (hombre voltea a ver a una mujer con mirada lasciva, recorriendo con la vista su cuerpo” Y podríamos seguir con una lista innumerable de lo que culturalmente conocemos como piropos. ¿En qué momento se vuelven los piropos acoso sexual? ¿Podríamos seguir llamando piropo a un derecho dado a los hombres culturalmente para poder decirle a las mujeres, algo que no están pidiendo? ¿Sabías que ya es motivo de multa el acoso callejero?
Empecemos por buscar una definición sobre el piropo y buscar su significado etimológico, en las palabras pyro = fuego y ops = mirada (Mirada de fuego). Para la Real Academia Española, piropo significa “Dicho breve con que se pondera alguna cualidad de alguien, especialmente la belleza de una mujer”.
Para la investigadora Estrella Rodríguez (2017), desde los estudios sociológicos desde una visión feminista el piropo no es solo un dicho positivo hacia las mujeres, encierra una conducta de poder, una ideología arraigada de cómo “debe de ser una mujer” haciendo clasificaciones de su imagen femenina, representan una forma de control, orden y poder masculino sobre el cuerpo de las mujeres.
Así la autora de la tesis “El piropo como una construcción de la imagen femenina y su corporalidad” refiere que un piropo es un “acoso callejero” en marcado en acoso sexual.
El piropo tiene un componente esencial de acoso mismo en la vida cotidiana hacia las mujeres. Tiene un componente de juego verbal- sexual dentro de una frase y validado socialmente. Con un carácter acosador en el momento en que un emisor (hombre) lo dice a una receptora (mujer) sin su consentimiento (Rodríguez, 2017).
Modificaciones en el Bando de Policía y Buen Gobierno
Con casi dos mil pesos de multa o hasta cuatro mil pesos en caso de ser contra una menor de edad, el acoso callejero quedó asentado en el Bando de Policía y Buen Gobierno como un atentado contra la dignidad de las personas, informó la regidora por MORENA, Catalina Puga.
Con esta multa o bien hasta 36 horas de arresto es como será castigado cualquier tipo de piropo, tocamiento, chiflido, señas, entre otras prácticas que constituyen el llamado acoso callejero.
Al acoso callejero de acuerdo a la investigadora Patricia Gaytan ( 2009) se define como.: “El acoso sexual consiste en una o varias interacciones focalizadas cuyos marcos y significados tienen un contenido alusivo a la sexualidad, en las que en la actuación de al menos uno de los participantes puede consistir en aproximaciones sexuales indirectas (empleo de símbolos, mensajes escritos, chiflidos a distancia, material pornográfico), soborno sexual, acercamientos, miradas, susurros y contactos físicos o proposiciones y comentarios sexuales que no son autorizados ni correspondidos, generan un entorno social hostil y tiene consecuencias negativas para quien lo recibe. Es posible que involucre diferencias de jerarquía y estatus, y necesariamente implican un desequilibrio en las relaciones de poder entre las personas que puede ser contrarrestado o no durante la misma situación. Ocurre en diferentes medios” (p. 53)
Retomando, la edil morenista Catalina Puga, agradeció el trabajo del personal operativo que llevó a cabo las mesas de trabajo multidisciplinarias para afinar esta reforma al Bando de Policía y Buen Gobierno, entre ellas la Dirección Jurídica, INSMUJER. Coordinación de Derechos Humanos, Secretaría de Seguridad Ciudadana, agentes calificadores y la unidad reglamentaria del ayuntamiento.
“De esta manera un pequeño cambio es realmente significativo para la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía, todas y todos tenemos derecho a caminar sin miedo en las calles y con esta aprobación esto se convierte más en una realidad”, externó Puga Resillas.
Añadió que el siguiente paso será capacitar en este tema a los elementos policiales y a los cadetes del Instituto de Formación Policial (INFOPOL), además de una fuerte campaña mediática para que la ciudadanía tenga conocimiento de que el acoso ya es una falta administrativa y pueda denunciar esta práctica.
Así que estimadxs lectores cada vez que piense que puede emitir un “piropo” recuerde que es considerado un acoso, que encubre violencia simbólica sobre todo hacia las mujeres. La sociedad sigue pensando que hacer un piropo es un comentario positivo sin embargo no lo es, es violencia y acoso sexual callejero.
Referencias
Gaytan Sánchez, Patricia (2007). El acoso sexual en lugares públicos: un estudio desde la Grounded Theory. El Cotidiano, vol. 22, núm. 143, mayo-junio, 2007, pp. 5-17.
Diccionario de la lengua española, Real Academia Española: https://dle.rae.es/piropo
Documentación Fracción de Morena Celaya
Ramírez Morales Estrella (2017) El piropo como una construcción de la imagen femenina y su corporalidad. UAEM.
http://ri.uaemex.mx/bitstream/handle/20.500.11799/66289/TESIS%20ESTRELLA.pdf?sequence=1