Guanajuato

Podrían padres elegir el orden de los apellidos de sus hijos

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Guanajuato, Gto.- La diputada local de Morena, María Magdalena Rosales Cruz, presentó una iniciativa de reforma a la Ley del Código Civil para el Estado de Guanajuato, con el objetivo de que sean los padres los que establezcan el orden de los apellidos de sus hijos mediante un acuerdo.

En la exposición de motivos, la congresista explicó que al establecer el orden de los apellidos que deben llevar sus hijos menores al momento de registrarlos, obstaculiza que los ciudadanos puedan elegir libremente, pues el Estado de manera injustificada, impone que, debe imperar el apellido del padre sobre el de la madre.

Desde la más alta tribuna del estado de Guanajuato, manifestó que, dicha acción se configura también como una norma que ocasiona discriminación, pues no existen razones para que se imponga a los ciudadanos el orden de los apellidos que deberá tener el menor, una afectación que dijo, trasciende en el tiempo por la importancia del nombre en la sociedad.

La legisladora morenista expresó que, de acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la elección del nombre es un momento personal y emocional, que genera un sentido de identidad y pertenencia a la familia, por lo que corresponde únicamente a los progenitores denominar a sus hijos, así como determinar el orden de sus apellidos sin injerencias arbitrarias por parte del Estado.

Sin embargo, denunció que, el artículo 68 del Código Civil para el Estado de Guanajuato, contiene una violación a dicho derecho humano, esto, al disponer que, el nombre estará constituido por el nombre propio, primer apellido y segundo apellido.

De la lectura de esta norma, nos encontramos con que la misma afecta el derecho a la vida privada y familiar de los ciudadanos guanajuatenses, pues los limita al establecer de forma arbitraria el orden de los apellidos que pueden llevar sus hijos menores al momento del registro”, dijo Rosales Cruz.

La también coordinadora de las y los diputados de morena, consideró que con esto se obstaculiza la libertad de los ciudadanos, pues el Estado impone de manera injustificada, que debe imperar el apellido del padre sobre el de la madre, por lo que al obligar a que subsista un apellido en específico, representa una invasión del derecho de los padres para establecer el orden de los apellidos, y al sentido de pertenencia con el que se desarrollan.

Dicha acción, explico, se configura como una norma que ocasiona discriminación al no existir una razón por la que se imponga al gobernado el orden de los apellidos que tendrá que tener el menor, generando así un efecto discriminatorio provocado por la norma, y cuya afectación transciende en el tiempo por la importancia del nombre en la sociedad.

Este tipo de acciones que injustificadamente dan mayor prevalencia al apellido paterno sobre el materno, refuerzan roles y estereotipos de género que prevalecen en nuestra sociedad, y que impiden el goce y ejercicio de los derechos de las mujeres”, expresó.

La diputada de Morena acusó también que, la norma en mención contiene una disposición inconstitucional al imponer la forma en la que debe estar constituido el nombre, siguiendo una formula tradicional meramente discriminatoria, y que no atiende a lo establecido en la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación en contra de la mujer.

Dicho precepto, atenta contra los derechos de la vida privada y familiar en cuanto a la libre elección del nombre de los hijos, el de la identidad, el de la igualdad y no discriminación (…) No existe justificación constitucional para que se continúe condicionando a los padres sobre la elección en el orden de los apellidos de sus hijos para el debido registro de su nacimiento, finalizó.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.

 

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