El día de hoy la Comisión de Desarrollo Económico y Turismo de Celaya sesionó y aprobó la ratificación del programa emergente Programa Impulso Económico Celaya (PIEC 2021) para propietarios de negocios de la localidad. Dicho programa lo llevará a cabo la Dirección de Desarrollo Económico y pretende disminuir el impacto negativo a la economía que ha provocado la enfermedad infecciosa SARS-COV-2 (Covid-19). La característica que ahora resalta en esta nueva edición aumentó el monto de apoyo y la simplificación de trámites respecto a la edición anterior.
Si la cantidad de facturas presentadas es igual o mayor a $21,429.00 M.N. (Veinte un mil, cuatrocientos veintinueve pesos) el monto de apoyo vía reembolso será de hasta $15,000.00 M.N. (quince mil pesos), en caso que la comprobación de facturas sea menor a esta cantidad se apoyará con el reembolso del 70%.
Los requisitos son:
1.- Enviar la siguiente información escaneada (se solicitará en original para cotejo, una vez aprobado el apoyo):
- Fotocredencialización y/o permiso expedido por fiscalización (solo en caso de comerciantes semifijos y ambulantes).
- Registro Estatal de Contribuyentes (Acuse de inscripción al REC o Resumen de datos generales vigentes ante el REC)
- Registro Federal de Contribuyentes (Constancia de Situación Fiscal, con sus correspondientes hojas).
- Dos fotografías del negocio a beneficiar (una del interior y una del exterior).
- Comprobante de domicilio del beneficiario y/o negocio con vigencia no mayor a 3 meses (agua, luz o teléfono) y que coincida con el domicilio fiscal.
- Identificación oficial vigente y legible (INE, Pasaporte, INAPAM o licencia de conducir). En caso de ser persona moral, acta constitutiva con sus modificaciones inscritas en el Registro Público de la Propiedad, poder notarial e Identificación oficial del representante legal.
- Por gastos e inversiones realizados, presentar comprobantes con requisitos fiscales con fecha de expedición a partir del 1ero. de enero de 2021 y/o hasta un día antes que se termine este programa y/o se agote la disponibilidad del recurso.
- Por gastos efectuados por nómina, presentar comprobantes fiscales (CFDI) o “timbrado” de nómina, correspondiente a la fecha que haga su solicitud (al 15 de enero de 2021 y a la fecha de su solicitud).
2.- Suscribir el convenio de apoyo.
3.- Firmar formato de recibo de apoyo.
Además, que en esta ocasión también tendrán participación algunos giros permitidos de venta de alcohol, como lo son:
- Restaurante – Bar: venta de bebidas de bajo y alto contenido alcohólico, delimitando el área de bar y restaurante.
- Expendio de bebidas alcohólicas de bajo contenido alcohólico en envase abierto con alimentos: solo venta de bebidas de bajo contenido alcohólico acompañado con la venta de alimentos.
- Expendio de bebidas alcohólicas al copeo con alimentos: venta de bebidas de alto y bajo contenido alcohólico (solamente copeo) y acompañado con la venta de alimentos.
- Productor de bebidas alcohólicas artesanales.
Los requisitos son los mencionados, agregando:
- Permiso de Uso de Suelo que acredite la explotación del giro.
El otorgamiento del presente apoyo queda sujeto a validación y aprobación de la Dirección General de Desarrollo Económico. En caso de que se identifique alguna inconsistencia en la información proporcionada, la Dirección tendrá la facultad de reservarse el derecho de hacer las observaciones que correspondan y/o cancelar la solicitud.
Este programa de apoyo será otorgado en una única ocasión por empresa y por ejercicio fiscal.









